Consulta pública del Decreto Foral - Reglamento de la Ley Foral 19/2019
Como ya sabéis, porque os lo he ido comentando a lo largo de los últimos meses, se ha estado trabajando en el desarrollo reglamentario de la Ley Foral 19/2019 de protección de los animales de compañía en Navarra. La normativa la ha desarrollado la Sección de Bienestar Animal del Gobierno de Navarra, y diversas entidades han participado de este desarrollo, entre otras las protectoras de animales o las entidades locales, a través de la FNMC.
Ya hay un proyecto de Decreto Foral, que la semana pasada se publicó en el portal de transparencia del Gobierno de Navarra. Cualquier observación o consulta sobre esta normativa podrá efectuarse hasta el próximo 17 de junio, a través de la siguiente dirección:
Adjunto un documento con el resumen ejecutivo de este desarrollo reglamentario (el texto completo lo podéis consultar a través del enlace anterior).
Os facilito a continuación un extracto de los distintos puntos que hacen referencia a las obligaciones de los Ayuntamientos (puntos que encontraréis en el documento resumen que os adjunto, y que podéis ampliar en el proyecto de Decreto Foral a través el enlace que os he facilitado):
- 9. Tipos de centros de animales de compañía (incluidos los espacios de alojamiento temporal de los Ayuntamientos).
- 11. Condiciones generales de funcionamiento de los centros: servicio veterinario, registros de los animales y actividades, personal formado y cualificado, etc.
- 13. Formación del personal que recoja y cuide a los animales en los centros.
- 19. Creación de colonias felinas por parte de los Ayuntamientos.
- 20. Programa CES (esterilización de gatos callejeros).
- 21. Registro de las colonias felinas.
- 22. Mantenimiento de las colonias felinas.
- 24. Protocolos y campañas de sensibilización.
- 26. Entidades colaboradoras: en relación a los Ayuntamientos, aquí se regula que sólo se podrán firmar convenios de colaboración con las entidades reconocidas como colaboradoras por parte de Gobierno de Navarra. Es decir, que los Ayuntamientos no podrán tener convenios de colaboración con entidades no reconocidas ni con particulares, ni podrán establecer ayudas económicas con quien no sea entidad colaboradora de Gobierno de Navarra.
- 29. Destino de los ingresos por sanciones.
En principio nuestro proyecto, el servicio que habéis convenido con nosotros, cubriría la práctica totalidad de estas nuevas normas, a falta de confirmación del texto definitivo, y de aclaración con Gobierno de Navarra de algunas dudas que podamos tener. De todos modos tuvimos reunión con Bienestar Animal hace unos días, y valoraron muy positivamente el servicio que hemos creado, y, según nos dicen, es un modelo de referencia para otros Ayuntamientos en Navarra. Nuestro deseo, ahora, es que lo apoyen para ayudar a que pueda sostenerse y tener mayor alcance.
Gracias y un saludo.